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Ley de Urgencia en Chile: Tus Derechos Médicos

Ley de Urgencia en Chile: Conoce Tus Derechos

La Ley de Urgencia garantiza que ninguna persona en Chile pueda ser rechazada en urgencia médica por falta de dinero. Es uno de los derechos más importantes que tienes como paciente.

¿Qué es la Ley de Urgencia?

La Ley N° 19.966 (AUGE/GES) y sus complementarias establecen el derecho a recibir atención inmediata en casos de emergencia vital sin necesidad de pago previo.

En términos simples: si tu vida corre peligro, el establecimiento de salud debe atenderte aunque no tengas dinero, seguro médico ni previsión.

¿Cuándo Aplica la Ley de Urgencia?

La ley aplica cuando existe una condición de urgencia vital, es decir:

Riesgo inmediato de la vida

Riesgo de daño severo a funciones vitales

Condiciones que requieran atención inmediata para evitar muerte

Ejemplos:

  • Accidentes con traumatismos graves
  • Infarto al miocardio
  • Accidente cerebrovascular (ACV)
  • Crisis convulsivas
  • Dificultad respiratoria severa
  • Hemorragias graves
  • ¿Qué Incluye la Atención de Urgencia?

    Estabilización del paciente

    Diagnóstico inicial (exámenes de urgencia)

    Tratamiento de estabilización

    Hospitalización mientras dure la condición de urgencia

    ¿Qué NO Cubre la Ley de Urgencia?

    Atención programada o no urgente

    Hospitalizaciones prolongadas una vez superada la urgencia

    Consultas médicas de rutina

    Urgencias que no son vitales (resfrío, dolor leve)

    Una vez estabilizado, el paciente debe regularizar su situación con la clínica u hospital.

    ¿Quién Paga Después?

    El pago posterior depende de tu previsión:

  • FONASA: Cubre según tu tramo, con posibles copagos
  • Isapre: Tu seguro cubre según tu plan
  • Sin previsión: Puedes acceder a fondos de indigencia o programas especiales
  • El establecimiento no puede exigir pago ANTES de atenderte en urgencia vital.

    ¿Cómo Hacer Valer Tu Derecho?

    Si te niegan atención de urgencia:

    1. Indica expresamente que estás invocando la Ley de Urgencia

    2. Exige atención inmediata

    3. Si persiste el rechazo, llama al SAMU (131)

    4. Denuncia ante la Superintendencia de Salud: 600 360 3000

    Hospitales Privados y Clínicas

    La ley aplica también en clínicas y hospitales privados cuando hay riesgo vital, aunque el costo posterior será regulado según el plan de salud del paciente.


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